Art铆culoprimero. Modificaci贸n de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. Los art铆culos 4, 5, 7, 9 a 11, 13 a 20, 23 a 25, 27, 35 y 36 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, quedan modificados como sigue: Uno. El art铆culo 4 queda redactado en los siguientes t茅rminos: 芦Art铆culo 4. V茅asela Res. 171/X, del Pleno de las Corts Valencianes, sobre la validaci贸n del D. ley 10/2020, de 24 de julio, del Consell, de modificaci贸n de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de coordinaci贸n de polic铆as locales de la Comunidad Valenciana, aprobada en la sesi贸n del 6 de agosto de 2020 (芦D.O.C.V.禄 10 agosto).LE0000672952_20200810
Ayuntamientode la Villa de Bre帽a Alta C/ Blas P茅rez Gonz谩lez, 1, VILLA DE BRE脩A ALTA. 38710 Santa Cruz de Tenerife. Tfno. 922 437 009. Fax: 922437597 1.1. COMUNICACI脫N PREVIA PARA ACTUACIONES URBAN脥STICAS (ART脥CULO 332 DE LA LEY 4/2017, DE 13 JULIO, DEL SUELO Y DE LOS ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS DE
Ficha Resoluci贸n, 23 abr 2018, de la Viceconsejer铆a de la Presidencia de Presidencia del Gobierno, por la que se da publicidad al Acuerdo de la Comisi贸n Bilateral de Cooperaci贸n Administraci贸n General del Estado-Comunidad Aut贸noma de Canarias, de 11 de abril de 2018, en relaci贸n con la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Teniendoconocimiento de que la comunicaci贸n previa en materia urban铆stica se estableci贸 con car谩cter general en Canarias por la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, con el antecedente de la declaraci贸n responsable de primera utilizaci贸n y ocupaci贸n de edificaciones e instalaciones, que la

Laaprobaci贸n de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias (LSENPC) supuso una esperada renovaci贸n y armonizaci贸n integral de la regulaci贸n del suelo de las islas. Esta ley racionaliz贸, simplific贸, actualiz贸 y recogi贸 en un solo texto legal la dispersa y compleja normativa anterior sobre

Elpresente tr谩mite versa sobre la comunicaci贸n previa para que se legitime el cambio de uso de los edificios y las instalaciones o de parte de las mismas funcionalmente independientes, acorde a lo previsto en el art铆culo 332.1 d) de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, siempre y cuando no sea SOJw7.
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